Denuncia por hurto

La denuncia por hurto es una de las denuncias más habituales y que desgraciadamente no paran de crecer en estos tiempos de crisis y de miserias humanas, en los que muchas personas no encuentran otra salida mejor que la de llegar al hurto y arriesgar por tanto su futuro.

La diferencia entre robo y hurto es simple. El hurto de considera aquel robo de menor cuantía en el que no han sido forzados ningún sistema de alarma o de seguridad. El hurto se considera cualquier robo en el supermercado o sustracción de carteras…etc. Mientras que robo ya significa que se violen por la fuerza las medidas de seguridad, como son cerraduras, alarmas…etc.

El hurto es un delito y por lo tanto debe ser denunciado. Tanto como si somos nosotros los afectados, como si somos testigos del hurto en otras personas, estamos obligados a denunciarlo.

Según el código penal, en los artículos 195 (De la omisión del deber) y el 450 (De la omisión de los deberes de impedir delitos) estamos obligados a denunciar los hurtos.

Dichas denuncias, las podemos realizar en cualquier comisaría de policía o en el juzgado correspondiente a la zona en la que se ejecuta el hurto. Podemos proceder con la denuncia de forma oral o verbal, procedimiento habitual para la gente que no sabe leer ni escribir, o también, podemos proceder con la denuncia de forma escrita, sin olvidarnos de firmarla y pudiendo siempre solicitar, si así lo deseamos, una copia para tener en nuestro poder.

EL PROCEDIMIENTO DE LA DENUNCIA POR HURTO

Conviene acudir a poner la denuncia con la mayor brevedad y el mayor número de pruebas y de datos posibles, de modo que el funcionario pueda redactar la denuncia d forma correcta.

Debe constar el nombre y los apellidos de la persona denunciante, su número de DNI, y conviene también añadir los datos personales de residencia, trabajo, estado civil y teléfono de contacto.

Así mismo, la fecha y hora en la que se cometió el hurto y por supuesto, el lugar bien especificado. A continuación, una descripción lo más exacta posible de los hechos ocurridos así como la persona o personas involucradas en el delito.

En caso de que el hurto haya sido de un bolso o de una cartera, debemos exponer y enumerar en la denuncia, si lo recordamos, los efectos personales que se hallaban en el interior del objeto sustraído.

– DNI
– Billetera con 250 euros en billetes de 50
– Llaves del vehículo (Ford Fiesta M-2222-av)
– Llaves del domicilio
– Tarjeta de crédito
– 3 preservativos extra Big size
– Consolador de plástico con pilas
– Pintalabios
– Paquete de tabaco y encendedor
– Pañuelos de papel
– Teléfono móvil
– Bolígrafo
– Gafas Rayban

Con la lista de artículos sustraídos, la policía puede buscar de manera más eficaz las pistas del delincuente. Así mismo, puede proceder a renovar el DNI, poner en custodia el domicilio…etc. El seguro del hogar, mediante dicha denuncia, puede cubrir los gastos derivados del cambio de cerradura. Conviene también darse de baja de las tarjetas de crédito. En caso de haber sido utilizadas, el banco reintegra la cantidad hurtada.

En cuanto al consolador y al pintalabios y otros efectos personales de bajo coste, suelen terminar en los mercados clandestinos de segunda mano, por lo que no debes tener esperanzas por recuperarlos.

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